Litigio en derecho civil

Terminar un contrato de arrendamiento y que no siga indefinidamente

por
Miguel Peregrina
Si arrenda su inmueble y al terminar el plazo quiere sacar a su arrendatario, debe demandar dentro de los diez días siguientes o el trámite

Las personas que rentan un inmueble y quieren que el arrendatario desocupe el mismo al terminar el plazo del contrato, deben tener presente que una vez que llega la fecha indicada, es necesario presentar demanda de terminación de contrato de arrendamiento dentro de los 10 (diez) días siguientes a que venció o el mismo se renueva automáticamente.

La ley contempla (En la mayoría de las legislaciones de los Códigos de los Estados) que opera la tacita reconducción. La tacita reconducción consiste en que el contrato de arrendamiento se vuelve de tiempo indefinido o por un lapso igual del que se pactó, y el contrato estará vigente hasta que el arrendador avise a la otra su deseo de terminarlo.

Si operó la tacita reconducción, es decir, no se presentó la demanda dentro de los diez días siguientes al vencimiento del contrato, es forzoso dar aviso al arrendatario del deseo de la terminación a través de un Notario o un Juez y luego de pasar treinta días o más, se demanda la terminación del contrato.

Como puede observarse, se puede demandar la terminación una vez que vence el contrato dentro de los diez días o si pasó este tiempo, una vez que se notifique la terminación y transcurridos treinta días adicionales.

Por lo anterior, Punto FIno Abogados, S.C., es un despacho de abogados especialistas en derecho civil que le ayuda a recuperar su inmueble y dar por terminados contratos de arrendamiento en los que, su arrendatario no se quiere salir.

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