Tener una tarjeta de crédito o debido conlleva una responsabilidad en el manejo de estas, porque existe el deber de vigilar los cargos que se hacen a la cuenta, ya que nunca faltara el malhechor que clone su tarjeta o consiga sus datos para realizar compras.
Cuando usted se percata de dichas anomalías lo primero que debe hacer es reportar inmediatamente a su Banco que no reconoce dicho cargo o retiro de efectivo para que la institución Bancaria proceda a su devolución.
Luego, como suele suceder, no en todos los casos accede su Banco a devolver los fondos y a veces tendrá que optar por presentar una reclamación ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF por sus siglas) o demandar directamente ante el Juez la devolución de sus recursos.
Pero afortunadamente, los Magistrados de nuestros máximos Tribunales han protegido al usuario y sostuvieron en sentencia de carácter obligatorio, que CORRESPONDE A LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO LA CARGA DE LA PRUEBA CUANDO EL TARJETAHABIENTE DEMANDE LA CANCELACIÓN DE LOS CARGOS EFECTUADOS POR DISPOSICIONES EN EFECTIVO EN CAJEROS AUTOMÁTICOS, ya sea que son cargos hechos en tarjetas de crédito o de débito.
De tal suerte que, cuando no reconozca un cargo o disposición en efectivo hecha en un cajero automático, debe reportar esa anomalía a su Banco y en caso de que se niegue a devolver los recursos argumentando que es usted quien hizo el retiro o la compra de su tarjeta, el Banco debe probar que efectivamente fue usted quien hizo dicho cargo a la tarjeta o ésta obligado a devolver los recursos.
Por lo anterior, Punto Fino Abogados, S.C., es un despacho de abogados especialistas en derecho mercantil que le ayuda a proteger su dinero contra el banco y que no se niegue a devolvérselo.