Al acudir a una sucursal bancaria para tramitar un crédito, cobrar un cheque, depositar dinero, siempre hay un ejecutivo que, entre otros productos financieros, ofrece un seguro para su vehículo, un seguro de vida para beneficiar a sus familiares en caso de muerte, un seguro para su hogar para el caso de robo o incendio, etcétera.
Las personas que se animan a contratar el seguro piensan que lo ofrece la misma Institución Bancaria, sin notar que es una persona moral diferente quien lo otorga, esto es, se trata de dos sujetos diferentes: El Banco y la Aseguradora, aunque tengan el mismo nombre.
El problema sobre esta situación surge, porque al momento de que ocurre un siniestro, las personas se presentan a la sucursal bancaria a presentar su reclamación y pago de indemnización, esperando que se les de una respuesta a su trámite.
Sin embargo, luego de determinado tiempo obtienen como respuesta un rechazo o simplemente no reciben ninguna contestación, por lo que el ejecutivo del Banco solo le informa que regrese más tarde, que espere unas semanas más a que llegue la respuesta o una solución y de esa manera, entre sus asuntos y las largas del mismo Banco, cuando acude a una vía legal para que le cubran su indemnización, la acción ha quedado prescrita.
Lo anterior procede, porque la aseguradora al contestar la demanda niega el pago de indemnización argumentando que la acción de cobro prescribió (Que esta liberada del pago por el tiempo que transcurrió), aludiendo que, si bien la prescripción se puede interrumpir por escritos presentados ante ella, toda la reclamación que hizo el asegurado lo realizó a través de sucursal bancaria, persona moral diversa a la aseguradora y que esos instrumentos jamás llegaron a su poder.
Afortunadamente, los Magistrados del Quinto Tribunal Colegiado reconocieron que las sucursales bancarias al momento de vender pólizas y recibir gestiones para remitirlas a la aseguradora, su interacción lo hacen como agentes de seguros y, por tanto, las comunicaciones por intermediación de las mismas son válidas e interrumpen el plazo de prescripción.
Por lo anterior, Victoriem Abogados Especialistas, S.C., es un despacho de abogados especialistas en seguros, que le ayuda a cobrar su póliza bajo la condición de que no nos paga honorarios, si no paga la aseguradora.
Asimismo, garantizamos que nuestra tasa de éxito es la más alta, pues a diferencia de otros despachos de abogados no cobramos gastos de juicio por la presentación de la demanda, consulta de expedientes, presentación de recursos, etcétera.
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