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¿Qué hago si me chocaron y la aseguradora no quiere pagar?
Si te chocaron y la aseguradora no quiere pagar, primero identifica si reclamas a tu propia aseguradora (incumplimiento de tu póliza) o a la del responsable (responsabilidad civil como tercero). En ambos casos puedes exigir el pago por la vía judicial si el rechazo no tiene fundamento. Pide siempre la negativa por escrito.
Después de un choque, la aseguradora puede negarse a pagar de dos formas distintas, y cada una se reclama diferente. Lo primero es identificar cuál es tu caso.
Tu aseguradora contra la del responsable
Si tú tienes la cobertura y tu propia aseguradora no quiere pagar lo de tu póliza (daños materiales, gastos médicos de ocupantes), es un incumplimiento de tu contrato de seguro y la demandas a ella. Si el responsable fue el otro conductor y su aseguradora se niega a cubrir los daños, reclamas por responsabilidad civil contra esa aseguradora, como tercero afectado. La vía legal cambia según el caso, pero en ambos tienes derecho a exigir el pago.
Los argumentos típicos para no pagar tras un choque
Las negativas más comunes en seguros de auto son: alegar que el conductor manejaba con aliento alcohólico, que la licencia estaba vencida, que el siniestro no se reportó a tiempo, que hubo omisión de datos al contratar, o que el daño reclamado no corresponde al accidente. Algunos de estos rechazos tienen sustento. Muchos no, sobre todo cuando la aseguradora no puede probar lo que alega.
Qué hacer en las primeras horas
Reúne y conserva todo: el acta o reporte del ajustador, fotos del accidente, datos del otro conductor y su póliza, facturas de reparación o gastos médicos, y la negativa de la aseguradora por escrito. Si la compañía solo te dio largas por teléfono, exige que el rechazo te lo entreguen por escrito con su fundamento. Ese documento es clave para la demanda.
Cómo se obliga a la aseguradora a pagar
Si el rechazo no tiene fundamento, la vía es la demanda por la cantidad que corresponde más los intereses moratorios del Art. 276 LISF, que corren desde el día 31 del retraso. No es obligatorio agotar CONDUSEF antes de demandar. Un juez sí puede ordenar el pago; CONDUSEF solo media. Aquí explicamos cómo es demandar a una aseguradora paso a paso.
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