Todos los contratos de seguro deben cumplir con la necesidad de establecer cláusulas que proporcionen claridad y precisión a las obligaciones entras las partes. Y ello debe extremarse cuando se trate de textos que supriman o limiten los derechos que el asegurado considera tener, como es el caso de las exclusiones, pues una persona que traslada un producto peligroso, maneja en estado de ebriedad o hace mejoras en su vehículo, no sabe que en caso de accidentarse, la aseguradora no le va a pagar.
Por lo cual, si del contenido de la póliza de seguro y de las condiciones generales, no puede determinarse que el asegurado se obligó para que el conductor del vehículo asegurado (Sea él u otra persona) al momento del siniestro contara con licencia de conducir vigente, esa circunstancia, por no haberse expresado con claridad y precisión en los términos del contrato celebrado, no libera de responsabilidad a la aseguradora.
Es decir, si la aseguradora no estableció una cláusula en que se señalará que el conductor debe tener vigente su licencia de conducir al momento del accidente, la misma no puede negar el pago, pues no excluyó ese hecho.